domingo, 24 de junio de 2007

LOS EDIFICIOS TENDRÁN SU LEY: NORMARÁ EL PAGO POR LOS SERVICIOS COMUNES




Por: Pablo Arroyo Acero ( 03/02/2005)




Los miles de propietarios e inquilinos que habitan los edificios de departamentos, quintas, condominios multifamiliares, conjuntos habitacionales y otros que cuenten con bienes comunes: Bombas de agua, ascensores, sistemas de seguridad, iluminación de áreas comunes: pasadizos, patios. jardín. Al fin podrán contar con una Ley que solucione al álgido problema, sobre la modalidad del cobro a los usuarios por el consumo de energía eléctrica correspondiente a los servicios comunes.

Desde que se construyeron en el Perú, edificios construidos bajo el sistema de propiedad horizontal, se les asignó un suministro para el registro del consumo eléctrico de los servicios comunes. Se hizo con la idea de unir a los residentes y puedan constituir juntas de propietarios para hacer expeditiva la administración de los inmuebles, amparados en la Ley 27157 y su reglamento.

En la actualidad, el cobro del consumo eléctrico por estos servicios, se efectúa a través de la emisión de un recibo común, cuya cancelación esta supeditada a que todos los residentes abonen la alicuota correspondiente. El tesorero de la junta, realiza el prorrateo del monto entre sus integrantes para luego recolectar el dinero de cada uno y siempre se encuentran con usuarios que actúan como ¡Pepe el vivo! no pagan su cuota correspondiente, ocasionando atrasos en el pago y conflictos entre vecinos.

Entonces para honrar la obligación del pago, a efecto de evitar el corte del fluido eléctrico, más el cobro de reposición e intereses, se ven obligados ha incrementar su aporte de la alícuota para asumir ese déficit de los morosos, situación de la que sólo pueden librarse recurriendo al Poder Judicial, lo que les impone mayores gastos. Se dan casos en que los usuarios no pueden asumir la parte correspondiente de los Morosos, esto obliga a las empresas eléctricas a cortar el servicio, paralizando el funcionamiento de los servicios esenciales, afectando la calidad de vida de los que cumplen sus obligaciones. Muchos edificios e inmuebles a nivel nacional se han quedado sin estos servicios por muchos años al no encontrar solución al problema.

Hoy la realidad es diferente, las épocas modernas y sistematizadas hacen que los problemas mencionados sean tratados en forma individual, en concordancia con la política de protección al consumidor y estando a que la Constitución Política no ampara el abuso del derecho de aquellos consumidores que no cumplen con sus obligaciones.

Por ello, a solicitud de numerosas asociaciones de viviendas y Juntas Vecinales, el Congresista y Secretario General del (APRA) Dr. Mauricio Mulder Bedoya, presentó un proyecto de Ley 2001/2001-CR que modifica el sistema de facturación del consumo de energía eléctrica correspondiente a los servicios comunes en inmuebles multifamiliares. Esta iniciativa de Ley cuenta ya con el dictamen favorable de la Comisión de Energía y Minas faltando aun el dictamen de la Comisión de Defensa del consumidor y su posterior pase al pleno del Congreso para su aprobación.

Esta, indica que el importe correspondiente al consumo de energía eléctrica que demandan los servicios comunes, serán prorrateados entre todos los predios que integran el conjunto habitacional, autorizando a las empresas eléctricas a incluir en los recibos de cada predio el importe prorrateado. De esta manera permitirá mejorar el sistema de cobranza haciéndolo más efectivo y justo, además las concesionarias recibirán puntualmente el pago de los propietarios que sí cumplen con pagar, mientras los morosos se verán coaccionados a cumplir con pagar el servicio, para no sufrir el corte del servicio eléctrico domiciliario. Por otro lado continua la construcción de edificios, financiados por el programa MI VIVIENDA, han registrado un crecimiento en los últimos tres años y su administración, bajo el actual sistema de cobranza tendrá serios problemas, de ahí la importancia de esta Ley.

1 comentario:

Anónimo dijo...

una solucion perfecta para aquellos propietarios que se niegan a pagar los gastos comunes,ley que actualmente ya existe.. pero de esa misma manera qué ley ampara los cobros abusivos de los propietarios que amparados por su derecho a voto que les otorga a decidir la ley 27157, deciden el criterio area ocupada para las cuotas mensuales cuando los departamentos que por tener mayor area INTERNA ( propiedad exclusiva) no obtienen mayor beneficio,lo cual no es justificable que por ejemplo 2 propietarios paguen 500 soles mensuales!!!! a mas y otros 10 s/250???? y argumentan que esa es la democracia?? que es su derecho a decidir??? que su realidad economica noles permite pagar mas de s/250???? que habiendo contometros no quieren usarlos por su decision democratica???? eso es legal????? que ley me ampara???? eso es ABUSO DE DERECHO en el ejercicio de su derecho a votar y decidir. La ley de prop.horizontal en ESPAÑA y otros paises no amparan los acuerdos abusivos y es el juez quien en estos casos utilizando su sentido de equidad ,buena fe y ETICA decidirá al final el criterio de las cuotas mensuales que actualmente en el PERU se han convertido en cuota de "mantenidos" porque entonces la ley propone otros criterios mas razonables como uso,numero de personas,partes iguales etc, los cuales no son utilizados????? muy simple!!!! porque la ley de "pepe el vivo" es la ley del mantenido que aplica AREA OCUPADA y de esta manera tiene subvensionado los gastos comunes de un edificio con dinero de una minoria que muchas veces es 1 ó 2 propietarios quienes tenemos que soportar estos y muchos otros abusos que la mayoria acuerda y desacuerda según su conveniencia. Ojalá alguien en el PERU ponga punto final a este tipo de abuso que es muy común y de esta manera pepe el vivo y todos los pepes vivos que habitan en un edificio al fin paguen una cuota mensual justa equitativa y etica, no creen???? hacerlos razonar es imposible porque ellos se unen y acuerdan segun su criterio el bolsillo. ya es hora de denunciar este tipo de abuso,si tu caso es el mismo hazlo publico para que de alguna manera ALGUIEN nos escuche y el congreso revise la ley 27157,simplemente lean la ly de ESPAÑA y de otrso paises y veran que estamos atrasados n por la ly sino por la moral que usa "pepe el vivo".