domingo, 24 de junio de 2007

MUNICIPALIDADES SEGUIRÁN COBRANDO ARBITRIOS ILEGALES



Por: Pablo Arroyo Acero ( 24/02/2005)


Las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local que están sujetas a un régimen de autonomía política, económica, administrativa. Manejan los asuntos que son de su competencia entre ellos la organización, reglamentación y administración de los servicios públicos locales. Para el cumplimiento de las mismas, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, cuentan con recursos propios de diversas fuentes, siendo uno de ellos de carácter tributario que consiste en el cobro individual de Arbitrios por los servicios que prestan al vecindario como son: La limpieza pública, mantenimiento de parques y jardines, serenazgos.
Las tasas a cobrar por estos servicios, está normada en el Decreto Legislativo 952 publicada el 03 de febrero del 2004. Indica que los arbitrios se cobran en función del costo efectivo del servicio municipal. Pero en la actualidad no cumplen con esto, por el contrario existe un cálculo ilegal para la cobranza de estos arbitrios que por cierto varios períodos de Alcaldes vienen incurriendo hasta hoy.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) en comunicado último advirtió que a pesar que la ley señala que los arbitrios se deben cobrar en base al costo efectivo del servicio varias municipalidades seguirán cobrando arbitrios ilegales durante este año. El cálculo para el cobro, lo vienen haciendo de acuerdo al valor de los predios o el metraje, como si fueran Impuestos, transgrediendo así la ley del Sistema Tributario, lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, el INDECOPI y la Defensoría del Pueblo, que ya se pronunciaron en contra de esa medida.
El 31 de Diciembre último se publicó en El Peruano, la relación de ordenanzas municipales distritales que han sido ratificados por la Municipalidad de Lima, autorizando a algunas de las 42 municipalidades distritales de Lima a cobrar nuevos arbitrios durante el presente año, sin tener en cuenta las nuevas disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo.
Por estos motivos la población organizada, mediante sus juntas vecinales, vienen denunciando estos hechos, una cosa es tarifa justa y otra son los cargos ilegales, leoninos o abusivos que existen en los recibos de arbitrios, lo que es peor aún en algunos distritos no existe la contraprestación adecuada de estos servicios. Por lo tanto, las Municipalidades tendrán que devolver en efectivo al contribuyente por los arbitrios pagados en exceso o lo consideren pago a cuenta, tal como estipula el Decreto Legislativo 952.
RECUADRO ILUSTRATIVO

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